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junio 23, 2026
Al Día MUNDO

Cooperativas en Chile ya operan sin notarios: Entra en vigencia la ley de desnotarización y el uso de firma electrónica

Por: Gestión Solidaria

El sector cooperativo chileno ha comenzado el año 2026 con un importante hito en materia de simplificación digital y administrativa. Desde el pasado 1 de enero de 2026, entró oficialmente en vigencia la modificación a la Resolución Administrativa Exenta N° 1.321 (RAE 1321), la cual suprime y flexibiliza la intervención de notarios públicos en una serie de trámites clave para el funcionamiento de estas organizaciones.

Esta medida concreta el mandato de la Ley N° 21.582, conocida públicamente como la Ley de Desnotarización, publicada a mediados de 2025 con el objetivo de modernizar el Estado y aliviar la carga burocrática del ecosistema asociativo. El cambio normativo quedó consagrado en el Diario Oficial mediante la resolución RAEX202502832 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

El biministro de Economía, Fomento y Turismo, y Energía, Álvaro García, destacó el impacto de esta transformación:

“Con la desnotarización de estos procesos avanzamos en la modernización del Estado y en la simplificación de trámites que muchas veces dificultan la gestión de las cooperativas. Esta medida reduce costos, agiliza procesos y robustece el trabajo que hemos impulsado desde el ministerio para el fortalecimiento de todos los sectores productivos en función de reducir los tiempos y procesos de tramitación».

Los trámites que le dicen «adiós» al notario

La nueva normativa modifica las reglas societarias, administrativas y contables que fiscaliza el Departamento de Cooperativas (perteneciente a la División de Asociatividad y Cooperativas, DAES).

A partir de ahora, se elimina la obligatoriedad notarial por regla general, permitiendo la presentación de copias simples para los siguientes documentos:

  • Actas de la Junta General de Socios.

  • Actas del Consejo de Administración.

  • Actas de aceptación o renuncia de consejeros.

  • Actas de designación o revocación del gerente general.

Nota de fiscalización: El Departamento de Cooperativas mantendrá la facultad de exigir copias autorizadas ante notario de forma excepcional y únicamente si así lo requiere en virtud de sus labores de control o auditoría.

El despliegue de la Firma Electrónica Avanzada

Como alternativa moderna y tecnológica a la firma presencial en notarías, la reforma incorpora la validez plena de los documentos electrónicos respaldados por Firma Electrónica Avanzada (FEA). Este mecanismo digital podrá ser utilizado inmediatamente en:

  • Tasaciones de cartera de cooperativas e información de activos.

  • Tasación técnica de los ajustes a valor de mercado del activo fijo.

  • Declaraciones juradas de titulares de cuentas corrientes o antecedentes de fondos para la conformación de cooperativas de ahorro y crédito.

Menos costos y mayor equidad jurídica

Este cambio busca corregir una asimetría histórica, disminuyendo las exigencias que se les imponían a las cooperativas en comparación con otras figuras legales y personalidades jurídicas del país. Al agilizar la gestión contable y administrativa, las entidades asociativas verán una reducción directa en sus costos económicos de operación frente a la DAES.

La desnotarización no es un hecho aislado, sino que forma parte del Plan de Modernización de la DAES. Esta estrategia sumó recientemente el lanzamiento de CoopDigital, una plataforma en línea diseñada para que los emprendimientos asociativos puedan conformarse y registrarse de manera 100% remota, consolidando un ecosistema cooperativo mucho más ágil, digital y competitivo para los desafíos de este 2026.

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