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mayo 16, 2024
COOPERATIVO Y SOLIDARIO GOBIERNO REGISTRO Y CONTROL

Cooperativas y empresas solidarias están cometiendo varios pecados: Blanca Durán Quintero

Blanca Durán Quintero advirtió que la ausencia de los asociados o la presentación de listas viciadas son algunos de los factores más comunes que impiden que se dé una democracia real dentro de las empresas solidarias.

Adicionalmente, los auto cobros de viáticos, premios y pagos adicionales por asistir a reuniones están generando dentro del sector solidario la reelección permanente de directivos que se resisten a la actualización de los cuadros de mando.

Gestión Solidaria: Estamos en época de asambleas, se habla de la rotación de directivos, pero es poco el cambio en los cuadros ¿Cómo percibe esta situación?

Blanca Durán Quintero: Ahí se está configurando, no digamos un delito, pero sí una especie de irregularidad, donde el asociado que desde afuera dice: -bueno yo también quiero participar -se siente excluido totalmente. Es bueno recordar algo de Los Pioneros del Cooperativismo, precisamente la idea de ellos, incluso la primera Cooperativa de Rochdale nació con la idea de que las personas que ingresaban allí lo hacían Ad honorem, sobre todo quienes estaban ejerciendo e iban a ejercer los cargos directivos. Esa era una forma de lograr y fortalecerse patrimonialmente. Pues, hoy es lógico que las personas por pertenecer a las directivas tienen algún reconocimiento. Pero lo que pasa, es que eso se ha desbordado. Encontramos que los directivos de las cooperativas se han asignado unas sumas de verdad en muchos casos escandalosas por las reuniones a las cuales asisten. Entonces se han auto aprobado, por ejemplo, que puedan reunirse dos y tres veces al mes y que por cada reunión tengan unos estipendios bastante elevados, en algunos casos y no solamente esos. Ahora se han ideado que cada uno de ellos debe pertenecer a un comité y resulta que en esos comités también ganan otra serie de recursos económicos. Eso se venía haciendo y por ello en la normatividad, sobre todo en el decreto 962, se estipuló que esos beneficios económicos aprobados por fuera de la asamblea no eran legales ¿Entonces qué está sucediendo ahora? pues se presenta como una cantidad general. Entre tanto, desafortunadamente, en nuestro país y nuestros cooperativistas, no son muy asiduos asistir a las asambleas, estas organizaciones les piden a sus condueños que solamente asistan una vez al año y ni siquiera así lo hacen. Entonces eso permite muchas situaciones irregulares que se vienen presentando. Hay muchas entidades, desafortunadamente bastante importantes, donde los órganos de control, por ejemplo, el revisor fiscal y la junta de vigilancia no ejercen de verdad su labor como lo ordena la ley. Si lo hicieran, ese tipo de situaciones no se tendrían, porque se están presentando. Los únicos que se están beneficiando son los directivos o en algunas ocasiones, los directivos hacen que se nombre a la Junta de Vigilancia y por tercera ocasión, resulta que a veces el revisor fiscal es designado casi siempre por los directivos de turno. Eso es totalmente irregular porque se está ya violando la ley 45 que es la Norma que regula la actividad de los contadores públicos. Pero se está dando. O sea, que si el revisor fiscal es designado por unos directivos, pues no hay Independencia mental como lo dice la ley… pasa a ser uno de los miembros de la misma junta. Y resulta que en la asambleas uno encuentra que generalmente hay un formato donde por regla general dice que todo se realizó de conformidad con la ley y si acaso dan dos o tres explicaciones, pero el asociado quisiera saber cómo ha sido el manejo económico de la cooperativa; en qué se ha invertido; si efectivamente, por ejemplo, los recursos del fondo de Educación se han utilizado para los efectos que dice la ley. 

 

G.S.: ¿El problema empieza con la no asistencia del asociado a la asamblea?

B.D.Q.: De acuerdo, es que precisamente esa es otra de las situaciones que se vienen generando. Es decir, acostumbrar a la gente que vaya a la asamblea, pero va porque hay orquesta, porque hay rifas. O sea, la persona va es con otra visión y si va es pensando poco en su cooperativa. Resulta que en la entidad poco se ha utilizado los recursos para educación, aquí pasa que en la medida que la gente esté ignorante de las normas, pues más fácil. Yo la puedo dominar, la puedo orientar según los intereses que yo tenga. Entonces, encontrará usted que en la mayoría o en muchas cooperativas que yo conozco, en tantos años, que los recursos se utilizan para eso, para hacer la fiesta y sobre todo si estamos cerca de las asambleas. Entonces se hacen los cursos, se hacen fiestas… porque la idea es que todo supuestamente está marchando según la ley. A la gente le gusta decir ahí me dieron un televisor, me dieron una lámpara… porque la cooperativa está bien y cuando nos encontramos más adelante con la sorpresa de que todo lo que decían que estaba muy bonito, no era así desafortunadamente. Ya nos vamos para una liquidación o una intervención de una entidad del Estado para administrar y muchas veces no se dice nada, porque se considera que si se dice algo se advierte a la Superfinanciera o con la Supersolidaria y de pronto vienen y nos intervienen. Y la intervención que a veces es para administrar termina para liquidar, porque el agente o los agentes, se ha dado muchos casos, no en todos terminan nombrando una cantidad de asesores. Donde lo que no se están gastando los directivos, se lo gasta el Agente Especial y termina muchas veces lo que era para administrar, termina en en liquidación de la cooperativa entonces a veces la gente se abstiene de decir algo para evitar esa situación.

G.S.: En el sector solidario existe un tema que es el riesgo reputacional. Donde hay el temor que si se llega a volver pública la situación de una empresa esto va a traer consecuencias para todo el sector.

B.D.Q.: Sí claro. Así es, ahí es donde yo les comento sobre la necesidad de las capacitaciones en economía solidaria; ahí es cuando se requiere que de verdad los revisores fiscales ejerzan su función y no solamente los revisores, sino la misma junta de vigilancia. He encontrado casos muy aberrantes en donde se le dice a la junta de vigilancia usted no puede pedir esta información, porque esto es confidencial.

La pregunta es si es a la junta de vigilancia o al revisor fiscal ¿Qué puede haber de confidencial? Es lógico que hay aspectos que pueden estar investidos por la confidencialidad y por unos contratos aquellos aspectos que de pronto puedan causar algún perjuicio a la cooperativa. Pero eso no son en todos los casos, eso es raramente, digamos algún secreto comercial o alguna situación, pero entonces ahora lo que se les viene diciendo las juntas de vigilancia es usted no puede decir nada “Cállese” y eso cuando alguien quiera trabajar, porque de lo contrario y lo que a veces se da es que los mismos directivos hacen nombrar a los de la junta de vigilancia, a sus amigos para que no digan nada o al revisor fiscal.

G.S.: Otro momento clave es cuando dicen vamos a organizar las planchas esos 10 o 15 minutos son fundamentales.

B.D.Q.: Mire, a veces se considera que un asociado si no fue elegido delegado no pueda ser miembro de un consejo de administración o de una junta de vigilancia. Eso no es ilegal. Cuál es la disculpa, que se da por parte de los delegados, -ah es que nosotros hicimos el esfuerzo de ser delegados, pero yo me puedo presentar como delegada y no salir. Y resulta que de pronto yo puedo aportar muchísimo a esa cooperativa, pero no salí delegada, pero en una plancha me pueden llevar a mí que no soy delegada, sino como asociada.

Entonces cómo amarran esa situación en algunos estatutos, que solo pueden ser directivos o miembros de la junta de vigilancia los delegados. Eso estaría contraviniendo totalmente el artículo 40 de la Constitución Nacional del derecho a elegir y a ser elegidos y el asociado que quiera postularse debe ir a donde un delegado para que lo postule o él, lo puede hacer de manera directa. Es decir cuando se abren las elección de delegados él se puede presentar y con una plancha o incluso solo se puede presentar como esté

estipulado en la reglamentación, que se supone que todas las cooperativas deben hacer unas reglamentaciones, para mirar cómo se van a elegir los delegados. Entonces el delegado debe conocer esa reglamentación, a veces se hacen esas reuniones y

no hay una reglamentación muy clara al respecto. Pero la idea es que, sí se puede, un asociado que sea obviamente hábil que reúna los requisitos, que dice el estatuto, pues puede presentarse como candidato a delegado y participar en las

elecciones de los delegados, también empieza desde la convocatoria los delegados empieza también a moverse los hilos del poder o se oye -te necesitamos de delegado, ven contamos contigo. -Pero ese delegado es casi que el vocero de una plancha, excluyendo a una persona asociada que puede estar sola, aislada y que puede tener la mejor voluntad de llegar a trabajar por la cooperativa ¿Cuál es el mecanismo que se está utilizando para evitar al máximo que participen los asociados?

Entonces cada uno de los directivos, pensemos que son cinco, cada uno presenta una plancha, y dicen: -Mire yo hice tal cosa por ustedes, cada uno de ellos lo dicen y obviamente siempre van a salir ellos y si el asociado que puede tener muchos conocimientos y ganas de participar no puede acceder, porque ya en las cinco planchas de cada uno de los directivos, pues obviamente van a salir los mismos y se perpetúan. Otra forma de perpetuarse es que pueden establecer en el estatuto que se su elección o el cambio directivos es cada cinco o seis años, porque no puede ir más allá, porque ya la ley estableció que el decreto 962 dice que por máximo seis años, entonces obviamente extienden su período al máximo y en seis años, en ese tiempo pueden hacer bellezas en las cooperativas, en algunos casos desafortunadamente.

G.S.: Otra de las situaciones tiene que ver con que se le borren los impedimentos para elegir a determinados asociados como directivo.

B.D.Q.: Eso se ha dado y en muchas ocasiones se hacen las listas de asociados hábiles e inhábiles y resulta que a veces hay asociados inhábiles hasta por muchos años y aparecen en listas de asociados hábiles y la pregunta de siempre es bueno y no se supone que la ley le asigna unas normas muy precisas a la junta de vigilancia para que precisamente determine si efectivamente se han presentado casos y los he visto los vi como funcionaria del entonces Dancoop.

Imagínese que llegaban a directivos personas que ni siquiera estaban asociadas. Entonces uno dice: bueno y la junta de vigilancia. Le preguntamos al revisor fiscal y este se excusa afirmando… Yo soy la persona que vigila lo económico, financiero, pero resulta que el Código de Comercio en el artículo 207 y siguientes dice que una de las funciones que tienen los revisores es velar porque se cumpla la ley y el estatuto y demás, entonces no es excusa de que esa sea una función única y exclusiva de la junta de vigilancia, él también debe pronunciarse por virtud de la ley del Código de Comercio y la ley 45.

G.S.: ¿Eso pasa incluso Incluso en la rifa del televisor, algunas balotas están como cargadas?

B.D.Q.: Sí, bastante. Sí claro pasa cuando hay las famosas rifas juegos y espectáculos, al parecer en algunas ocasiones pasan o suceden cosas raras. Bueno esos pecados son para que no los vuelvan a cometer.

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