Consejo de Estado suspende provisionalmente el Decreto del salario mínimo legal para 2026
El Consejo de Estado ordena la expedición de un nuevo decreto en ocho días, donde se tome en consideración factores de la Economía que no fueron tenidos en cuenta en el momento de autorizar un aumento del 23,7 por ciento.
En su parte resolutiva el tribunal determinó la medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, expedido por el presidente de la República y los ministros del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público.
A título de medida cautelar, ORDENAR a las entidades demandas que, dentro de los ocho (8) días calendario contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia, realicen, expidan y publiquen un decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026 y el consecuente valor total del mismo para esta vigencia, que regirá hasta tanto se dicte sentencia en el proceso.
Para la determinación de dicha cifra, el Gobierno Nacional deberá atender y aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, de la manera establecida en la parte motiva de esta decisión.
La decisión sin antecedentes responde a más de treinta demandas interpuestas contra la decisión del Gobierno que desconocía factores económicos fundamentales y sin el reconocimiento técnico expuesto por las partes en la Comisión Tripartita que busca cada fin de año llegar a un consenso para decretar el aumento.
La medida del alto tribunal ordena al Gobierno decretar en un plazo de ocho días un incremento que tenga en cuenta factores como el crecimiento de la economía (PIB), estudios sobre el factores que impulsan la inflación, la medición de productividad y elementos que afectan el consumo nacional, que aparentemente no fueron tomados en cuenta por la decisión presidencial.
Vea Aquí el acto administrativo de la sección segunda del Contencioso Administrativo 156_Autoqueresuel_INTERLOCUT_00042026ACUMULADODEC_0_20260213071847290






