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abril 28, 2024
EDITORIAL

GOBIERNO CORPORATIVO BUEN GOBIERNO

La práctica permanente del buen gobierno en una empresa de economía solidaria es una de las condiciones fundamentales para asegurar de manera exitosa su permanencia en el tiempo.

Por: Eliécer Bermúdez

Director-Corjireh

El buen gobierno de una empresa solidaria compete en primer lugar al Consejo de Administración, a la Junta de Vigilancia, a la revisoría fiscal, a la auditoria interna si la hubiere, y a la gerencia.

El buen gobierno corporativo es un componente esencial en la gestión democrática del modelo de organización solidaria y por tanto es necesario profundizar en su razón de ser para llevarlo a la práctica.

El buen gobierno de una organización solidaria implica alta responsabilidad frente a los asociados, a terceros no asociados, al Estado y a la sociedad en general. Para lograr el cumplimiento de los principios y valores solidarios, los directivos de una empresa solidaria deben avanzar progresivamente por el camino de la educación y formación solidaria y del mejoramiento gerencial.

RESPONSABILIDAD

La responsabilidad de los administradores se asimila a la de un buen hombre de negocios, de acuerdo con los parámetros fijados en el artículo 63 del Código Civil, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 222 de 1995. Es decir, que responden hasta por culpa levísima, que es la esmerada diligencia que un hombre juicioso emplea en la administración de sus negocios importantes.

LA IGNORANCIA DE LA LEY NO SIRVE DE EXCUSA

En la economía solidaria, es frecuente encontrar que los administradores piensan que con el simple hecho de anteponer su ignorancia en materias legales, administrativas o financieras, pueden evadir la responsabilidad que las mismas normas les han asignado.

En nuestras organizaciones tenemos prácticas que son ejemplo de “mal gobierno” tales como: establecer requisitos para los demás asociados y ventajas para los directivos, tomar decisiones aprovechando su investidura como directivo y en beneficio propio. Directivos y revisores ineficaces y vitalicios, favoritismo en el acceso a los servicios por parte de los asociados y demás grupos de interés. Negligencia en la rendición de cuentas a los organismos gubernamentales de control, actuaciones que socavan la sostenibilidad de la organización y debilita la confianza de los asociados y la imagen de la cooperativa y del sector solidario ante la sociedad.

CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO

El Código de Buen Gobierno es un manual donde debe plasmarse la filosofía, principios, reglas y normas que rigen el manejo de las relaciones entre la administración, órganos de control, vigilancia y todos los empleados de las organizaciones de la economía solidaria, con el fin de preservar la ética, transparencia en su gestión y una adecuada administración, con integridad, equidad y efectividad en procura de obtener la confianza de sus asociados y de la comunidad en general.

CONCLUSIONES

En nuestro sector, gran porcentaje de quienes dirigen nuestras organizaciones, no poseen claridad suficiente para identificar las situaciones de conflictos, riesgos, inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones o comportamientos anti-éticos, durante su actuación como directivos.

Es urgente la necesidad de mejorar los sistemas de selección de nuestros directivos, dando cumplimiento a requisitos rigurosos de conocimientos y transparencia para el desempeño de sus cargos.

Por otra parte, es de gran importancia replantear lo relacionado a los programas de capacitación y actualización de los directivos, para asumir el compromiso de dirigir y guiar el cumplimiento de los objetivos de la cooperativa y generar confianza ante sus asociados.

Estas consideraciones acerca de la gobernabilidad generan un efecto positivo en la aplicación, principios y características propias de las empresas del sector solidario.

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