Superfinanciera fijó la tasa de usura para crédito de consumo y ordinario en 28.43% e.a.
La Superintendencia Financiera de Colombia determinó que la tasa de usura para los créditos de consumo y ordinario bajó de 28,59 % a 28,43% lo que representa una reducción de (-16%).
El organismo de regulación recordó que quien incumpla este límite comete una violación al Artículo 305 del Código Penal.
La misma resolución certificó el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 18.95%, lo cual representa una disminución de 11 puntos básicos (-0.11%) en relación con la anterior certificación (19.06%).
OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES
Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante las Resoluciones 1768 y 1293 de 2019 certificaron el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:
Modalidad de crédito que aplica | Interés Bancario Corriente | Usura | Vigencia |
Microcrédito | 36.53% | 54.80% | 1 de enero al 31 de marzo de
2020 |
Consumo de bajo monto | 34.18% | 51.27% | 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020 |