/* ]]> */
noviembre 21, 2024
OPINIÓN

La tributaria y el sector cooperativo y solidario

El pasado 19 de octubre el Gobierno Nacional radicó ante el Congreso de la República el proyecto de Ley “Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”, es decir, la llamada reforma tributaria.

100_3480Esta reforma se presenta en un momento especial del país, de una parte, la caída en los precios del petróleo ha generado un profundo déficit fiscal, el cual se estima en cerca de 23 billones de pesos. Los últimos gobiernos centraron su política económica en la explotación de los recursos mineroenergéticos y las garantías a la inversión extranjera, abandonando la política de desarrollo de la industria nacional y del sector agropecuario. De otra parte, se busca poner fin a un conflicto armado que ha afectado la sociedad colombiana por más de 50 años, para lo cual se han firmado unos acuerdos de paz que establecen reformas políticas, sociales y atención a las víctimas del conflicto, lo que debe redefinir la dirección de la inversión pública para garantizar la implementación de los acuerdos.

La propuesta de reforma tributaria, busca incrementar los ingresos del Estado ampliando los impuestos indirectos e incrementando la base de contribuyentes; el IVA pasará del 16% al 19%, se establece un nuevo impuesto a la gasolina con el evidente incremento en el precio de los productos y se pretende que quienes devengan ingresos superiores a $ 2.750.000 paguen impuesto sobre la renta. Mientras tanto, se mantienen las exenciones, exoneraciones y beneficios al gran capital y las trasnacionales. Igualmente, la reforma tributaria introduce una serie de modificaciones al régimen tributario especial que cobija las llamadas entidades sin ánimo de lucro, afectando seriamente este sector.

Con frecuencia nos referimos a un conjunto de organizaciones con distintos conceptos: entidades sin ánimo de lucro –ESAL-, organizaciones solidarias, organizaciones no gubernamentales –ONGS-, organizaciones sociales y para referirse al conjunto se usan términos como sector solidario, tercer sector etc. En general, se hace referencia a unas organizaciones que se caracterizan por configurar una propiedad de carácter solidario, su propósito fundamental no es la generación de lucro sino el cumplimiento de su objeto social, por tanto, reinvierten sus excedentes en el cumplimiento de sus objetivos.

Desde una perspectiva sociológica, las organizaciones sin ánimo de lucro se orientan por valores y principios fundamentales para el desarrollo y la cohesión social. Diversos investigadores han insistido en el papel que cumplen determinados valores para el desarrollo de una sociedad (Bourdieu, Coleman, Putman, Kliksberg, Etzioni, Sen, Nussbaum). Valores como la confianza, solidaridad, cooperación, reciprocidad son un componente fundamental que favorece los emprendimientos colectivos y la creación de comunidades, “las verdaderas comunidades están unidas por valores, normas y experiencias compartidas por todos sus integrantes. Cuanto más profundos sean estos valores y más firmemente se los sustente, tanto más intenso será el concepto de comunidad”. (Fukuyama, 2004). Son precisamente las prácticas y organizaciones solidarias el vehículo idóneo para la circulación y fortalecimiento de este “capital social” y la formación de comunidades y sociedades más equitativas y democráticas.

Desde una perspectiva económica, el capital social también es productivo, genera riqueza, ingresos, empleos y redistribuye socialmente la riqueza producida por el trabajo humano, por tanto, tiene un valor concreto dentro de la economía de una nación. Virtudes como la honestidad, la solidaridad no sólo tienen merito como valores éticos, también tienen un valor económico tangible y ayuda al grupo al logro de objetivos compartidos que en su ausencia sería imposible alcanzar.

Dichas organizaciones elevaron a la categoría de principio diferenciador, entre otros, el concepto del “sin ánimo de lucro”, ante el egoísmo e individualismo desbordado de la sociedad moderna. Del latín “lucrum”, ganancia, provecho o utilidad, esta palabra surgió con una connotación peyorativa, el filósofo español Roque Barcia expresaba: «Cuando la utilidad tuerce el buen camino, cuando es usurera, egoísta, cruel, toma distinta denominación: he aquí el lucro. El lucro es el abuso, casi el delito de la utilidad», Barcia sugiere que este matiz peyorativo proviene del latín y para ello cita a Tácito; “Valens ab lucra et quaestus infamis” («Valente se había infamado por sus lucros)».

Dichos valores, llamados por algunos “capital social”, reta la visión puramente economicista sobre la valoración que se hace de aspectos como el papel de los valores éticos y culturales y su impacto en el desarrollo; “aspectos como la capacidad asociativa, la confianza, la solidaridad, la conciencia cívica, también son valorados por su impacto económico, los cuales fueron profundamente desconocidas por el modelo económico tradicional”. (Kliksberg B, 1997).

EL SECTOR SOLIDARIO EN COLOMBIA Bajo la figura de entidades sin ánimo de lucro existe en Colombia un amplio tejido de organizaciones sociales que han obtenido su reconocimiento jurídico: fundaciones, corporaciones, asociaciones, cooperativas, cajas de compensación familiar, sindicatos, asociaciones de padres de familias, cámaras de comercio, comunidades religiosas, medios de comunicación comunitarios, fondos de empleados, Juntas de Acción Comunal etc. Según el registro único empresarial y social –RUES- de la Confecamaras, para el año 2015 se habían registrado y actualizado ante las cámaras cerca de 234.322 entidades.

articulo-el-sector-solidario-y-la-reforma-tributaria

 

 

Follow Me:

Related Posts