Mediante Circular Externa N° 08, la Superintendencia de la Economía Solidaria informó que el promedio de la tasa de crecimiento de los activos del sector, con el cual se liquidará la contribución por reporte extemporáneo será de 9,28%. Esta medida obedece a la Ley 454 de 1998 artículo 38, por medio de la cual el Superintendente de la Economía […]Continue Reading