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noviembre 8, 2025
Al Día ANÁLISIS

Proyecto de Decreto baja recursos de cooperativas y fondos de empleados para asociados

Por: Alfredo Alzate Escolar

Gestión Solidaria 

Bogotá – Colombia 

Un proyecto de ley presentado por la Unidad de Regulación Financiera desconoce la esencia del origen y servicio que prestan las cooperativas y los fondos de empleados. Con la nueva regulación se pretende imponer normas de control y vigilancia internacional de Basilea III que busca equilibrar a las empresas de economía solidaria con los bancos.

Es de anotar que reglamentaciones similares ya se han aplicado en otros países de la región donde el desconocimiento del modelo asociativo y cooperativo ha terminado con la fusión o liquidación de cientos de cooperativas, que ante la imposibilidad de cumplir con la estricta reglamentación deben desaparecer de sus regiones o fusionarse con otras de mayor tamaño.

La Confederación de Cooperativas de Colombia; La Asociación Colombiana de Cooperativas y la Federación de Cooperativas de Ahorro y Crédito y Financieras, presentaron un documento de 13 páginas donde se cuestiona el intento de Decreto y advierte sobre la intención de su implementación, lo que afectaría inicialmente a las empresas solidarias de menor tamaño.

En su planteamiento los tres gremios señalan que el posible Decreto llevaría a la fusión o desaparición de Cooperativas. Se da un evidente desconocimiento del modelo Asociativo Solidario equiparándolo con la banca comercial, lo que incluso afecta reconocimientos internacionales y la urgencia de llevar el modelo a la aplicación de la norma sin la plataforma tecnológica y técnica de los organismos de control del mismo sector.

La extensa carta prende las alarmas y recopila observaciones sobre el proyecto de Decreto “Actualización de la regulación prudencial y de operaciones de las cooperativas de ahorro y crédito y las multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena e intermedia, y el fondo de liquidez de las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena y de los fondos de empleados de categoría plena”

Uno de los puntos más relevantes se concentra en el Fondo de Liquidez. El documento recuerda que este es un elemento de autorregulación, diseñado para garantizar la disponibilidad de recursos líquidos ante eventuales tensiones por retiros inesperados. Pero advierte que este no es un encaje como se da en los bancos. Es un mecanismo prudencial.

Insiste el documento: “Esta restricción, aunque prudencialmente razonable, reduce innecesariamente las alternativas de inversión, impide la diversificación, dificulta el control de riesgo de mercado, afecta la rentabilidad y desconoce la posibilidad de utilizar instrumentos financieros emitidos por entidades del sector de la economía solidaria vigilada por la Supersolidaria”.

Añade el documento sobre el mismo punto: “ El proyecto de decreto en un estudio restringe la inversión del fondo de liquidez exclusivamente a cuentas de ahorro, cuentas corrientes y Títulos de Tesorería (TES). Tal limitación, aunque inspirada en buscar una reserva de alta liquidez colocada en el Banco Central, limita la aplicación de principio (HQLA, High Quality Liquid Asset) (activos que las instituciones financieras como los bancos deben mantener para cumplir sus obligaciones a corto plazo en situaciones de estrés financiero); conforme lo menciona las recomendaciones de Basilea III, respecto de las entidades del sector solidario.

Advierten los gremios que: “las restricciones propuestas desconoce la experiencia exitosa de las cooperativas que actualmente gestionan fondos de liquidez mediante carteras colectivas del mercado monetario (FIC) y CDT escalonados, instrumentos que cumplen con los principios se seguridad , liquidez, diversificación y tienen un gran mayoría el carácter de HQLA que recomienda Basilea, y que además permiten una mayor eficiencia operativa y rentabilidad neta”.  Todo esto ya está reglamentado y plenamente demostrado que los beneficios de rentabilidad de estos fondos se trasladan a los asociados explica el documento.

Sin solvencia

En el documento presentado por los gremios se advierte, además: que el posible decreto propone una inconveniente modificación del Régimen Prudencial para las cooperativas con actividad financiera en el tema de la actual relación de solvencia, incorporando nuevos elementos de riesgo y requerimientos de capital, supuestamente, orientados a fortalecer la estabilidad del sistema.

Se señala que, aunque el aparente propósito de la propuesta de decreto es legítimo, el análisis técnico y jurídico realizado por los organismos de integración evidencia la necesidad de una revisión integral del enfoque.

A renglón seguido se explica: “El esquema vigente, contenido en el Decreto 1068 de 2015 y desarrollado en la Circular Básica Contable y Financiera, exige una relación mínima de solvencia del 9%, calculada como la proporción entre el patrimonio técnico y los activos ponderados por nivel de riesgo (APNR). El proyecto de Decreto introduce una nueva estructura que desagrega esta relación en tres componentes: Una relación básica de solvencia (4,5), una proyección adicional de capital (4,5%) y un colchón de conservación (1,5%), además de incorporar el riesgo de mercado, el riesgo operativo y un indicador del apalancamiento mínimo del 3%”.

Se recuerda: “Si bien estas disposiciones se inspiran en los estándares de Basilea III, su traslado literal al sector solidario desconoce la naturaleza jurídica y económica diferenciada de las cooperativas, consagrada en la ley 79 de 1988 y la ley 454 de 1998. Las cooperativas no son entidades mercantiles ni persiguen fines de lucro; su patrimonio es de propiedad colectiva y su objetivo es la prestación de servicios a los asociados”.

Por ello, el capital regulatorio cooperativo tiene una función de estabilidad institucional y no de rentabilidad, accionaria, lo cual exige criterios de medición distintos a los del sistema bancario tradicional”

Al final el documento queda la sensación que los gremios aceptan la discusión del articulado propuesto por la URF, y piden un plazo de 36 meses para su posible aplicación. Pero advierten que no existen los sistemas de control para la supuesta implementación a los controles de los Fondos de Liquidez y demás modificaciones al Fondo de Solvencia propuestas.

Los gremios prenden las alarmas y reconocen: “Riesgo de concentración: A largo plazo, las entidades que no logren cumplir con las exigencias regulatorias podrían verse forzadas a fusionarse con organizaciones más grandes, lo que llevaría a una concentración de activos y a una reducción de la pluralidad del sector de la economía solidaria en regiones menos atendidas”.

Del autor: “Es urgente que el sector fije sus ojos sobre estos temas y estudie las normas que poco a poco pueden marchitar el espíritu cooperativo y solidario. Llevando a la quiebra a las cooperativas y fondos de empleados bajo la excusa de una regulación internacional y acorde.

 

Fotos: Confecoop

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Vea la Carta Completa Aquí

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