/* ]]> */
marzo 25, 2025
Al Día COOPERATIVO Y SOLIDARIO

Democracia y participación cooperativa

Por: Eliecer Bermúdez
Director – Corjireh

Se concibe la democracia como la toma de decisiones por las mayorías, sin embargo la palabra “democracia” significa muchas cosas, diferentes y contrarias.

Desde el punto de vista de la democracia política es de usual aceptación creer que el ideal de los hombres se realiza con elecciones libres, en las cuales cada persona tiene un voto y lo ejerce para realizar la voluntad general y el bienestar de todos. Estas suposiciones son tradicionales en el pensamiento
académico y se leen en los editoriales de los periódicos, pero no existen en la realidad. Ninguna comunidad humana ha realizado jamás el ideal
democrático ni ha podido siquiera estructurar gobiernos de mayorías expresadas por “votos”, y que correspondan realmente a una “voluntad general”.

En las empresas de economía solidaria, el principio de la democracia, desde sus inicios, se orientó a establecer una contraposición con la empresa capitalista, en cuanto al origen de la autoridad y la verticalidad en la toma de decisiones, donde este proceso de toma de decisiones tiene una relación directa con la estructura de propiedad de la empresa.

Esta situación se expresa de manera más patente en la sociedad anónima, considerada la forma de organización empresarial más típicamente capitalista, en la que el capital está representado por acciones y donde los socios tienen representación en las Asambleas Generales en proporción al capital aportado (número de acciones), es decir, el capital es fuente de autoridad y tiene por consiguiente la dirección de la empresa.

Como alternativa, la empresa solidaria debe brindar iguales posibilidades a todos sus asociados, de participar en las decisiones y expresar sus opiniones sobre la administración, objetivos y
políticas a seguir, estableciendo claramente que a cada asociado corresponde un voto, sin consideración al valor de sus aportes sociales o a su antigüedad.

Por su parte, la Legislación Cooperativa Colombiana (Artículo 5º y 6º de la Ley 79 de 1998) se refiere a la participación democrática y a la prohibición de establecer restricciones o conceder
ventajas o privilegios a los asociados o a los aportes sociales.

Desde el punto de vista técnico, la empresa solidaria tiene que cumplir funciones económicas, análogas a las demás organizaciones empresariales. Sin embargo, existen determinadas diferencias fundamentales entre la estructura administrativa de una empresa capitalista a la de una empresa cooperativa.

La empresa comercial, en contraste de la Solidaria, se organiza y funciona para obtener, mediante el capital-inversión de los socios, las mayores utilidades posibles y sus actividades se establecen con el propósito de satisfacer necesidades de no socios o de clientes, teniendo prioridad, las más rentables.

Durante largo tiempo, muchos cooperativistas tradicionales consideraron inapropiados los métodos y técnicas modernas de administración de empresas, porque en su concepto eran contrarios a los principios cooperativos de administración y control democráticos, practicados en las empresas solidarias.

Esta errónea apreciación se basaba en un proceso histórico experimentado en la primera etapa de desarrollo cooperativo en el país, caracterizada por el surgimiento de pequeñas y medianas cooperativas organizadas y administradas por líderes de gran mística y capacidad de sacrificio, pero que desafortunadamente carecían de los conocimientos y experiencia en las técnicas modernas de administración de empresas.

En conclusión, existe una evidente necesidad de establecer condiciones mínimas de idoneidad, capacidad y experiencia en la selección de miembros de organismos directivos; propiciar la estabilidad en el funcionamiento del Consejo de Administración, combinando una dosis adecuada de continuidad y renovación, evitar la improvisación y el ensayo y delegar la ejecución de las políticas y los objetivos en gerentes profesionales, la administración democrática de ninguna manera debe significar un funcionamiento administrativo lerdo  y mediocre, con bajos niveles de eficiencia y eficacia empresarial.

Edición 162- Agosto 2024

 

 

Follow Me:

Related Posts

Deja una respuesta