La tasa de usura en el crédito de consumo y ordinario para febrero será 26,3% determinó la Superfinanciera
La Superintendencia Financiera de Colombia de acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de enero al 24 de enero de 2025, se certifica en 17,53% efectivo anual el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, el cual tendrá vigencia entre el 1 y el 28 de febrero de 2025.
La nueva certificación representa un incremento de 94 puntos básicos (0,94%) frente a la vigente en enero de 2025 (16,59%). Crédito productivo.
De acuerdo con la información semanal reportada por los establecimientos de crédito entre las semanas con corte del 3 de enero al 24 de enero de 2025, para las modalidades de crédito productivo se certifica el interés bancario corriente en:
Modalidad Efectivo anual
Crédito productivo de mayor monto 27,15%
Crédito productivo rural 18,09%
Crédito productivo urbano 35,40%
Crédito popular productivo rural 51,82%
Crédito popular productivo urbano 59,11%
Las tasas de interés bancario corriente certificadas tendrán vigencia entre el 1 y el 28 de febrero de 2025.
El interés bancario corriente es la base para el cálculo del valor máximo de los intereses remuneratorio y moratorio definidos en el Código de Comercio (artículo 884) 2 y para determinar los efectos de la norma sobre usura definida en el Código Penal (artículo 305).
Modalidades de crédito Interés remuneratorio y de mora (efectivo anual) Usura (efectivo anual)
Crédito de consumo y ordinario 26,30% 26,30%
Crédito productivo de mayor monto 40,73% 40,73%
Crédito productivo rural 27,14% 27,14%
Crédito productivo urbano 53,10% 53,10%
Crédito popular productivo rural 77,73% 77,73%
Crédito popular productivo urbano 88,67% 88,67%