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diciembre 22, 2024
EDITORIAL

Banco Cooperativo Coopcentral presentó ABC de Ley de Borrón y Cuenta Nueva

En un informe a través de sus redes sociales el Banco Cooperativo Coopcentral presento ABC Ley de Borrón y Cuenta Nueva (Ley 2157 de 2021).

Permanencia de la información La información de carácter positivo permanecerá de manera indefinida en los Operadores de Información (Datacrédito – Experian y CIFIN – TransUnion).

El término de permanencia de la información negativa será el doble del tiempo de la mora, máximo cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que sean canceladas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación.

El dato negativo y los datos referentes a una situación de incumplimiento de obligaciones, caducarán una vez cumplido el término de ocho (8) años, contados a partir del momento en que entre en mora la obligación; cumplido este término serán eliminados de la base de datos.

Comunicación previa

Si el saldo en mora de su obligación es inferior o igual al 15 % de un (01) smmlv, el dato negativo solo será reportado después de cumplirse con la notificación previa del reporte con al menos dos (2) comunicaciones, así: ambas en días diferentes y que entre la última comunicación y el reporte existan por lo menos 20 días calendario.

Casos de suplantación

En el caso en que usted haya sido víctima del delito de falsedad personal, deberá presentar su petición de corrección ante nuestra Entidad a través del correo electrónico: [email protected]. El Banco procederá a realizar la validación de la información enviada y si aplica realizará la actualización de la información en Centrales de Riesgo, según corresponda.

Respuesta Peticiones, Quejas y/o Reclamos sobre Habeas

Data El Banco Cooperativo Coopcentral le dará respuesta a sus PQR dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su recibo y pueden ser prorrogables por ocho (8) días hábiles más. Si se requiere de este tiempo adicional le será notificado.

Amnistía General

Si usted extingue sus obligaciones objeto del reporte dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley 2157 del 29 de octubre de 2021, su información negativa permanecerá en los bancos de datos por el término máximo de seis (06) meses contados a partir de la fecha de extinción.

Si usted extinguió su obligación objeto de reporte, antes de la entrada en vigencia de la Ley 2157 y la información negativa hubiere permanecido en los bancos de datos por lo menos seis (06) meses, contados a partir de la extinción, será beneficiario de la caducidad inmediata de esta información negativa.

Si después de que extinguió su obligación, la información negativa no ha permanecido en los bancos de datos al menos seis (06) meses, permanecerá con dicho reporte el tiempo que le haga falta para cumplir los seis (06) meses contados a partir de la extinción de la obligación.

En el caso de que las obligaciones registren mora inferior a seis (06) meses, la información negativa permanecerá por el mismo tiempo de mora, contado a partir de la extinción de la obligación.

Amnistía sectores especiales

Para las personas que tengan clasificación Mipyme, sector turismo, pequeños productores del sector agropecuario, o personas naturales comerciales o independientes, víctimas del conflicto armado, jóvenes y mujeres que extingan sus obligaciones objeto de reporte en los siguientes doce (12) meses a la entrada en vigencia de la ley, el dato negativo les deberá ser retirado inmediatamente de los bancos de datos.

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