CONTROL, CONTROL EXTERNO Y AUTOCONTROL
CONTROL
CONTROL, CONTROL EXTERNO Y AUTOCONTROL
(Del francés controle). Comprobación, inspección, fiscalización.
En el sector solidario existen dos clases de controles: externo y autocontrol
Por: ELIÉCER BERMÚDEZ
CORJIREH
CONTROL EXTERNO
La constitución nacional y la legislación cooperativa (Ley 79/88 – Ley 454/98) confieren al Presidente de la República la facultad de legislar el funcionamiento de las personas jurídicas.
AUTOCONTROL
Debe ser ejercido por los propios asociados, en desarrollo del principio de autogestión. No pude delegarse en terceras personas (Junta de Vigilancia y Revisor Fiscal.
También puede ser ejercido por entidades del mismo sector: asociaciones, ligas, federaciones o confederaciones.
La legislación cooperativa de Alemania obliga a sus entidades afiliarse a una de las federaciones regionales de auditoria y someterse a la auditoria anual que estas adelanten.
BASES PARA LA SUPERVISIÓN ESPECIALIZADA
En Colombia, la supervisión que ejercen organismos gubernamentales a las entidades del sector solidario ha sido ineficiente, en gran medida, por la heterogeneidad de las actividades desarrolladas, transporte, crédito, vivienda, producción, vigilancia, consumo, educación, etc. A diferencia de otros países que la integra en superintendencias o ministerios.
La Supersolidaria efectúa la supervisión de todas las entidades del sector solidario (cooperativas, fondo de empleados y asociaciones mutuales).
Sólo las cooperativas financieras o sea la captación de depósitos a la vista o a término de asociados o de terceros (intermediación financiera), están sometidas integralmente al control de SUPERBANCARIA.
LA SUPERVISIÓN AUXILIAR
Esta modalidad, utilizada con frecuencia en los países de Latinoamérica, introduce la posibilidad que el gobierno pueda contratar un supervisor auxiliar, remunerado con las contribuciones de las entidades vigiladas (federación). La supervisión auxiliar no significa delegar la responsabilidad ni sustituir la vigilancia que el Estado, mantiene de aplicar sanciones, conforme a la legislación vigente.
SUPERVISIÓN DELEGADA
En algunos países de Latinoamérica, la norma cooperativa establece que la supervisión financiera la realice la federación o confederación nacional, como una supervisión delegada y no auxiliar, y la fiscalización de la actividad financiera, las superintendencias.
CONTROL POR FEDERACIÓN DE AUDITORIA
Encargada de implementar mecanismos de control y seguridad en el sistema, generalmente con funciones de auditoria, supervisión prudencial. La intervención, en caso de incumplimiento de normas legales, la realiza el organismo gubernamental.
CONCLUSIONES
Es una realidad sentida que nuestro sector solidario viene experimentando en las últimas décadas, la asfixia burocrática, caracterizada por el volumen de normas y disposiciones, bajo dos escenarios:
EXTRALIMITACIÓN DE FUNCIONES
- Exigencias en la aplicación indiscriminada de normatividad a las entidades calificadas en tercer nivel (son la mayoría sector), que por su tamaño, volumen y naturaleza jurídica no lo justifica.
- Obligatoriedad para todas las entidades solidarias reportar y mantener información en formatos y componentes tecnológicos sofisticados, que en la mayoría de las veces sobredimensionan la estructura y producen costos adicionales, que no pueden cubrir con sus recursos. DISCRIMINACIÓN NORMATIVA
- Hay evidentes limitaciones en el marco normativo, si tenemos presente que la iniciativa para la presentación de proyectos legales se ha cedido totalmente al paternalismo del Estado, sin la participación del sector, a pesar de la retórica sobre autonomía, consignada en las leyes.
- La obstaculización existente que discrimina al sector, si miramos: ausencia de entidades de fomento, manejo de divisas, programas de vivienda, salud, mensajería y giros, tributación, como el acceso al FOGACOOP de mutuales y fondos de empleados. PERSPECTIVAS La fórmula que se propone no es novedosa, pero necesitamos:
- Promover y concientizar al nivel gerencial sobre la integración y de elevar la capacidad empresarial de las organizaciones. El sector debe ser una expresión de unidad y solidaridad, pero persistimos en ignorar el principio, “La unión hace la fuerza”.
- Abrir la perspectiva de replantear las relaciones con el Estado, mediante la concertación del plan nacional de desarrollo solidario.
“Los señores dirigentes tienen la palabra”