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diciembre 22, 2024
Economia EMPRESAS MUNDO

Supersolidaria no dió nuevos plazos para la realización de asambleas y recordó autonomía de cooperativas para realizar reuniones virtuales

Ante la amenaza de contagio por coronavirus y las disposiciones del Gobierno Colombiano de suspender las reuniones de más de 500 personas y pedir las aglomeraciones, la Superintendencia de la Economía Solidaria recordó que no es de su competencia aplazar la realización de las asambleas, pero recordó que existen mecanismos tecnológicos que permitiría la realización de asambleas virtuales.

Adicionalmente insistió a través de la carta circular 07 de 12 de marzo, que se deben cumplir los plazos estipulados por la ley para el cumplimiento de las asambleas, así como los procedimientos para la aprobación de balances y reportes financieros.

Este es el texto de la carta circular

La Superintendencia de la Economía Solidaria, en su carácter de autoridad técnica de supervisión desarrolla su gestión, encaminada fundamentalmente a alcanzar los objetivos señalados en el artículo 35 de la Ley 454 de 1998.

Es decir, se considera oportuno manifestar que el órgano de administración permanente de la organización solidaria en ejercicio de su autonomía y de acuerdo con la situación que se presente, es quien debe evaluar las circunstancias y tomar las decisiones necesarias para obrar en cumplimiento de la constitución y la ley.

Por tanto, como las asambleas generales ordinarias se encuentran próximas realizarse1 ; esta Superintendencia no es competente para pronunciarse respecto a la suspensión, cancelación o no realización de las asambleas generales ordinarias, con ocasión de la presencia de casos de Coronavirus en el país, ya que son las organizaciones quien tienen la competencia para adoptar cualquiera de las siguientes medidas, la cual deberá quedar debidamente soportada:

1. Evaluar y restringir el viaje de sus asociados o delgados a ciudades donde se hayan confirmado casos infecciosos de coronavirus;

2. Adoptar prácticas basadas en recomendaciones de las autoridades nacionales2 , departamentales y/o municipales.

3. Realizar la convocatoria a una Asamblea General Ordinaria no presencial, utilizando los mecanismos para deliberar o decidir por comunicación simultanea o sucesiva.3 4. Atender el procedimiento y la competencia para efectuar la convocatoria a asamblea general ordinaria en la forma y términos previsto en los estatutos, por no realizarse la asamblea dentro del plazo establecido en la Ley o por considerar que no fue posible su realización por hechos sobrevinientes o irresistibles que configuraron un caso fortuito o fuerza mayor.

Vale la pena recordar que siempre que se vayan a considerar estados financieros de fin de ejercicio, independientemente de que se haga en una reunión ordinaria o en una extraordinaria con temario de ordinaria, se debe convocar a la asamblea de asociados o delegados con el termino de anticipación previsto en los estatutos o en la ley para llevar a cabo una asamblea general ordinaria.

Cualquiera de las medidas que adopte el órgano de administración permanente de la organización solidaria, deberá ser comunicada a la Superintendencia de la Economía Solidaria al momento de someter al control de legalidad el acta de la asamblea.

Apropósito, ante la presencia de la enfermedad COVID-19 en Colombia y conforme a las instrucciones que ha venido impartiendo el Gobierno Nacional, esta Superintendencia considera que las organizaciones solidarias vigiladas, de acuerdo con las funciones que cumplen y la naturaleza de la actividad productiva que desarrollan, deben promover y buscar la mayor efectividad en las medidas de prevención y conservación de la salud de todos sus asociados e integrantes.

De otra parte, es importante mencionar que está disponible: a) La aplicación CoronApp4 , lanzada por el Gobierno Nacional con el objeto de centralizar la información relativa al manejo y atención del COVID-19; b) Así como la página web5 del Ministerio de Salud donde encontrarán protocolos, guías, circulares y otros actos administrativos expedidos por el Gobierno Nacional para la prevención y manejo de la enfermedad. Finalmente, se invita a estar permanentemente informados para evitar el pánico, haciendo uso de fuentes oficiales y fidedignas y, no caer en la desinformación.

firma el superintendente Ricardo Lozano Pardo.

 

foto: semanal.es

levante.em

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