Control interno: La Junta de Vigilancia en el cooperativismo
Por: Eliecer Bermúdez
Director – Corjireh
NATURALEZA.
La Junta de Vigilancia es el órgano principal, de carácter permanente y representante directo de los asociados para desarrollar el control social en la cooperativa.
CONTROL SOCIAL.
En concordancia con las normas legales y la naturaleza propia de las entidades de la economía solidaria, el control social está relacionado con el elemento asociación y básicamente se refiere a los controles de resultados sociales, de procedimientos para lograr estos resultados sociales, y de derechos y obligaciones de los asociados.
EL REVISOR FISCAL. No es social ni tampoco interno.
Ejerce el control técnico permanente para que el patrimonio de la empresa sea adecuadamente protegido, conservado, utilizado y las operaciones se ejecuten con la máxima “eficacia” posible.
ÁREAS EN QUE DEBE APLICARSE EL CONTROL SOCIAL
El control social, por lo tanto, puede focalizarse en:
IMAGEN CORPORATIVA. La cooperativa es un sistema integrado por objetivos, metas, valores, procedimientos, servicios que lo diferencian de otras y permiten su reconocimiento, su imagen institucional.
Estas características que marcan su identidad son las que la Junta de Vigilancia deben vigilar para que la misión, visión, objetivos y valores no se desvíen ni distorsionen.
REGULACIÓN INTERNA. Las actividades de control en esta área están dirigidas a la verificación de la existencia, actualización y cumplimiento de las normas internas; estatutos, reglamentos acordes con la legislación cooperativa.
Verificar el cumplimiento del proceso de quejas y reclamos por parte de los asociados y de las instancias estatutarias establecidas.
LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS. Las actividades son las acciones que la cooperativa realizan para desarrollar y cumplir su objeto social, establecidas por los asociados en los estatutos como:
• Comprobar que realizan las actividades que estatutariamente están permitidas.
• Evaluar los resultados y el impacto de las actividades en la calidad de vida de los asociados.
• Establecer la concordancia de los servicios con las necesidades de los asociados.
• Medir la calidad y oportunidad de los servicios prestados y la razonabilidad de sus costos.
• Procesos y trámites en la prestación de servicios.
PARTICIPACIÓN. La participación es la base del elemento asociación de la entidad e indispensable para que funcione el sistema con la integración e interacción de los asociados en los distintos niveles, en la más clara aplicación de los principios de libre adhesión y democracia cooperativa.
Los niveles de participación de los asociados son la asamblea, organismos de administración, control y comités auxiliares.
• Proceso de admisión, retiro y sanción de asociados.
• Sistema de elección, habilidades e inhabilidades, responsabilidades incompatibilidades.
• El ejercicio de deberes y derechos de los asociados.
• Evaluar la asistencia a eventos institucionales como asambleas, reuniones de integración y eventos educativos.
• Revisiones periódicas para conocer el nivel de participación y cumplimiento de aportes sociales y obligaciones económicas contraídas con la entidad.
ÁREA SOCIAL.
Guarda relación con la esencia o carácter de organización colectiva que sustenta la parte económica empresarial y en los asociados su sentido de solidaridad e identidad, como organización de la economía solidaria puede orientarse a estos aspectos:
• Diseño y ejecución de programas de educación que consulte las necesidades de la empresa y asociados.
• Constatar que los asociados nuevos y antiguos reciban información periódica sobre servicios, costos y resultados.
• Evaluar el grado de integración del núcleo familiar en los servicios.
• Consultar periódicamente a los asociados sobre nuevos servicios y la satisfacción de los existentes.
• Medir la participación de la entidad en la solución de problemas de la comunidad.
El control externo, será realizado por el estado a través de la Superintendencia de la economía solidaria.







