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marzo 28, 2024
Economia

FECOLFIN INSTA AL GOBIERNO REVISAR PROPUESTA DESIGNACION SUPERSOLIDARIO

La Federación Colombiana de Cooperativas de Ahorro y Crédito y Entidades Financieras “FECOLFIN”, insta al gobierno a revisar propuesta que el gremio presentó en la  Convención Financiera Cooperativa 2016, sobre el procedimiento de designación   del Superintendente de Economía Solidaria.

(Bogotá, 19 de junio de 2018) “Se trataba de evitar que el carácter  político que estaba adquiriendo   dicha designación, generara una crisis como la que estamos viviendo, de inestabilidad y continuidad  reflejada  en el nombramiento, en promedio, de un Superintendente cada 10 meses,” dice Enrique Valderrama Jaramillo, presidente ejecutivo en carta enviada al presidente Juan Manuel Santos.

Asegura el dirigente gremial que “Bajo las anteriores condiciones, el sector cooperativo es el directamente afectado, dada la inestabilidad  en materia de supervisión, creando incertidumbre  en el desarrollo empresarial de un sector que reúne a cerca de 6.4 millones de asociados, de los cuales 3.5 millones hacen parte de la actividad financiera  cooperativa, y que  efectúa una labor socioeconómica tan necesaria para el país”.

“En ese entonces, asegura en uno de los apartes, Fecolfin instó al gobierno para que revisara el procedimiento de designación   del Superintendente de Economía Solidaria, con una iniciativa que iba más allá, en el sentido de establecer rigurosos requisitos técnicos y de idoneidad como en otros países de América Latina, caso concreto Paraguay, donde el sector de economía social hace un concurso público y le envía una terna al presidente para que el designe. O en Ecuador, que es el mismo Estado que hace un concurso público en toda la población para que el presidente elija.”.

Igualmente critica la exclusión de la Superintendencia de la Economía Solidaria en el Decreto 1817 del 15 de septiembre de 2015,  “que  cobijó  a las Superintendencias Financiera, Sociedades e Industria y Comercio para que  tuvieran períodos fijos por efecto de su enfoque técnico por el lapso presidencial, pese a que en su creación y naturaleza jurídica es evidente su carácter técnico, como lo consagra la Ley 454 de 1988 en el capítulo II, artículo 33 que a la letra dice: “Creación y naturaleza jurídica. Créase la Superintendencia de la Economía Solidaria como un organismo de carácter técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera.”

Finalmente, el gremio asegura que “con la aplicación de la  propuesta se eliminan las cuotas políticas y se dará estabilidad al Superintendente para que pueda cumplir a cabalidad las funciones que le establece el artículo 36 de Ley 454 de 1998.”

 

Carta al presidente. (1) (1)

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